GUARDIA DE SEGURIDAD
Seguros de
Seguro de Guardia de Seguridad
El Seguro de Vida para Guardias de Seguridad es obligatorio según Decreto Supremo 93 (DS 93) artículos 12 y 13 Ley Nro. 3.607, por ello es exigido a toda empresa o afín que contraten a personas que prestan sus servicios profesionales en calidad de guardias y personal de seguridad sin porte de arma, nochero, portero, rondín u otros similares, que apliquen una contratación de Seguro de Vida para ellos, con el fin de protegerles en caso de posibles eventualidades y siniestros.
¿QUE CUBRE LA PÓLIZA?
- Seguro de Vida
- Fallecimiento accidental
- Incapacidad permante 2/3
- Invalidez accidental a causa de desmembramiento
Como empleador debo tener seguro de vida para mis empleados que prestan labores de nochero, portero, rondín, guardias de seguridad u otras similares.
¡Consulta tu caso en concreto! Tenemos opciones ajustadas a tu medida y apegadas al decreto. Ingresa tus datos en el formulario que tienes más abajo o has clic aquí.
Si quieres saber más de los decretos Supremo 93 y 1773 haz click en el botón de abajo.
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- Edad: 21 – 70 años.
- Término de cobertura: cumplidos 75 años.
- Vigencia por anual desde la fecha de emisión indicada en la póliza y contrato vigente o documento que respalde vínculo con la empresa contratante.
- Formas y lugares de pago: Mandato PAC o PAT, transferencia bancaria; Botón de pago en línea: Débito, crédito, cuenta corriente banco BCI, Chile o Santander; Caja: Débito, crédito, cheque, vale vista; Banco BCI o Servipag
- Para ser guardia de seguridad debe contar al menos con 21 años.
- Un guardia de seguridad no puede emplear arma de fuego en el cumplimiento de sus funciones
- Un guardia de seguridad debe contar con la educación media o su equivalente aprobada
- Un guardia de seguridad debe haber aprobado los cursos de capacitación que señale Carabineros de Chile
- Un guardia de seguridad no pueden estar acusado o haber sido condenado por crimen o simple delito o sancionado por hechos de violencia intrafamiliar
- Un guardia de seguridad debe poseer condiciones físicas y mentales compatibles con las labores por desempeñar
- Un Guardia de seguridad debe tener una Tarjetas de Identificación que lo acredita y que la otorga exclusivamente Carabineros de Chile.
- Un guardia de Seguridad en caso de ser extranjero, debe contar con permanencia definitiva, de conformidad a lo dispuesto en el decreto ley N° 1.094, de 1975, y su reglamento
COTIZA EL SEGURO DE VIDA PARA GUARDIAS DE SEGURIDAD
Nuestro seguro esta diseñado para responder a esta norma y a tus necesidades